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DENEGADO EL ACCESO AL CETI A SOLICITANTES DE ASILO SIN RESPALDO LEGAL

  • Foto del escritor: Solidary Wheels
    Solidary Wheels
  • 28 oct 2024
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 6 may

De nuevo, la opacidad y arbitrariedad de los criterios de acceso del CETI de Melilla obliga a dormir en la calle a la juventud migrante de nacionalidad marroquí.


Melilla, 28/10/24


Recientemente, ha sido denegada la entrada al CETI a un joven marroquí, solicitante de protección internacional. Los criterios que regulan el acceso al Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) han cambiado, de nuevo, arbitrariamente. Esta falta de transparencia es intrínseca al funcionamiento habitual de este recurso. Es una práctica repetitiva, que tiene un claro sesgo racial y discriminatorio hacia personas de nacionalidad marroquí, que además, responde a estrategias políticas que ponen en riesgo la vida de las personas migrantes y solicitantes de asilo.



Los motivos por los cuales se deniega el acceso son arbitrarios y carecen de motivación suficiente. Se requiere, en concreto,  ausencia de antecedentes penales, lo cual no está contemplado en ningún reglamento interno del centro. Esta decisión no ha sido comunicada por escrito, contraviniendo lo que la normativa establece en cuanto a la obligación de las administraciones de notificar por escrito cualquier resolución emitida, careciendo de todo respaldo legal.



Como efecto de la denegación de entrada, el joven solicitante de asilo se encuentra enfrentándose a condiciones extremadamente precarias y de vulnerabilidad. No tiene garantizado el acceso a alimentos ni servicios higiénicos, durmiendo en asentamientos con mala salubridad, cerca del propio CETI. 



Desde Solidary Wheels y otras organizaciones de derechos humanos exigimos:


  1. Total transparencia en la normativa que regula el funcionamiento del CETI. No hay reglas claras sobre los protocolos y procedimientos internos del centro ni de sus criterios de acceso, sanciones o expulsiones. Solamente contamos con lo establecido en el Real Decreto 220/2022, del 29 de marzo, que determina el reglamento para el sistema de acogida en protección internacional, así como el manual de gestión correspondiente. Sin embargo, en estos documentos no se menciona en ningún momento estos criterios de restricción de acceso.


  1. Revisión exhaustiva de los criterios de acceso en los CETI de Ceuta y Melilla. Es fundamental garantizar que cualquier medida tomada esté respaldada y suficientemente motivada en resoluciones pertinentes, así como que se ajuste a la normativa, respetando en todo momento los derechos humanos. Estas medidas de restricción evidencian la vulneración de derechos fundamentales de las personas solicitantes de asilo por parte del CETI, abocándolas a una situación de extrema precariedad y riesgo, sin una alternativa habitacional en la ciudad.


  1. Criterios de acceso y funcionamiento que garanticen los derechos de todas las personas migrantes , independientemente de su nacionalidad. Restringir el acceso al CETI a personas de nacionalidad marroquí, es un reflejo de la relación diplomática entre España y Marruecos. Perpetúan la estructura racista que clasifica a las personas según su nacionalidad y motivo por el cual han migrado, basándose en prejuicios y excluyendo determinados grupos.

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